¿Cómo se justifica una baja por enfermedad en el trabajo?

Las enfermedades, sobre todo cuando llevas una vida agitada con respecto a tu trabajo son muy comunes, pero ¿Cuándo puedes dejar de cumplir tus obligaciones por esta causa? ¿Sabes cómo justificar una baja por enfermedad?, si no sabes las respuestas ¡continuemos con la lectura de este artículo!

Tienes una consulta médica importante ¿Puedes faltar al trabajo?

Preferiblemente deberías planificar las consultas médicas, terapias o chequeos importantes fuera del horario laboral. Sin embargo, si es imposible hacerlo debido a tu horario o el del doctor que te atenderá deberás informarle a tu superior previamente, en caso de que lo pida debes suministrar el nombre y teléfono del médico que te atenderá.

Luego de la misma debes presentar un informe constatando que acudiste al centro médico, aunque no de los resultados obtenidos; si la falta está bien justificada no se verá afectado el pago de la nómina.

Tienes una consulta médica importante , Puedes faltar al trabajo

Tienes una consulta médica importante , Puedes faltar al trabajo

¿Cómo justificar la ausencia por incapacidad?

Por incapacidad sobrevenida

Son aquellas situaciones donde una vez iniciada la jornada laboral, impide continuar con el desarrollo del trabajo. En tu lugar de trabajo deben darte un documento en el que conste el impedimento para continuar con el trabajo; si no se justifica adecuadamente la ausencia puede afectar la nómina.

Ausencias de 1 a 3 días, acreditadas por un médico

Son por enfermedades o accidentes comunes, con justificantes médicos expresando la situación de incapacidad o necesidad de reposo por máximo 3 días, si la ausencia se prolonga más allá es necesario tramitar baja y el efecto de la nómina será según cada empresa.

Si ocurren circunstancias excepcionales como; hospitalización, intervención quirúrgica, tratamientos de radio y quimioterapia, el empleado debe presentar en el momento de reincorporación el justificante que acredite las mismas para su valoración por la dirección de la empresa, las ausencias inferiores a 4 días no conllevan descuento de la nómina mientras sea justificado.

Ausencias de 1 a 3 días - circunstancias excepcionales

Ausencias de 1 a 3 días – circunstancias excepcionales

Ausencias con baja médica por incapacidad temporal

Se considera incapacidad temporal los accidentes graves de trabajo o en acto de servicio, las enfermedades contraídas por consecuencia del trabajo o las recaídas; se considera recaídas cuando dentro de los 180 días siguientes a una alta médica el trabajador vuelve a presentar la enfermedad o una provocada por la misma.

Es imposible avisar con antelación estas ausencias, por lo cual, se debe intentar lo más rápido posible la comunicación con la empresa.

¿Qué debes hacer si estás de baja por enfermedad?

Muchas veces las enfermedades que causan estas bajas son derivadas del estrés laboral, así que si estás de baja ¡relájate!, no debes trabajar desde casa, al contrario si el médico te dio baja es porque no estas capacitado para completar tus obligaciones, si quieres volver al trabajo lo antes posible y hacerlo de forma efectiva debes recuperarte completamente.

Qué debes hacer si estás de baja por enfermedad

Qué debes hacer si estás de baja por enfermedad

¿Qué debe hacer la empresa cuando algún empleado presente baja por enfermedad?

La empresa debe presentar ante la entidad gestora que le corresponda los récipes o justificativos que suministro el trabajador, por el contrario podría ocasionarle a la empresa sanciones.

Es recomendado para las empresas respetar los procedimientos establecidos para los procesos de incapacidad en los términos legales de cada país. Básicamente consiste en comunicar tu baja en la seguridad social.

Al no justificar las ausencias en el trabajo la empresa puede despedirte en cualquier momento, pero, al ser justificadas (con una razón correcta), tienes el apoyo de la ley y la empresa no puede proceder a despedirte, así que si por algún motivo debes faltar a tu trabajo ¡recuerda siempre la justificación!

Leave a Reply

  • Responsable: Octavio Ortega Esteban
  • Fin del tratamiento: Controlar el spam, gestión de comentarios
  • Legitimación: Tu consentimiento
  • Comunicación de datos: No se comunicarán los datos a terceros salvo por obligación legal
  • Derechos: Acceso, rectificación, portabilidad, olvido.
  • Contacto: Octavio[arroba]kerchak.com
  • Información adicional: Más información en nuestra política de privacidad