La última reforma del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se adoptó en noviembre de 2014 y se lleva aplicando desde el período 2015-2016.
IRPF – ¿Qué es?
El IRPF se aplica en todo el territorio nacional sobre la base de las leyes establecidas por el estado central, sin perjuicio de los poderes legislativos de las comunidades autónomas, a las que se remite una parte del producto de la mayoría de los impuestos estatales.
No obstante, el País Vasco y Navarra tienen un régimen fiscal especial, conocido como el foral, que les da más autonomía en el diseño del sistema tributario.
¿Quién tiene que pagar el IRPF?
El IRPF es pagadero por las personas físicas residentes a efectos fiscales en territorio español, así como las personas domiciliadas en el extranjero pero sujetas a un régimen ocupacional especial (funcionarios españoles que trabajan en el extranjero, personas con estatuto diplomático y similares).
El concepto de domicilio fiscal se evalúa a la luz de los criterios relativos a la duración de la estancia en territorio español (superior a 183 días en el transcurso del año civil) y el lugar en el que la persona ocupa el centro principal o la base de las actividades o intereses económicos. Se puede invocar una simple presunción de residencia fiscal contra el contribuyente, cuyo cónyuge e hijos menores de edad viven habitualmente en territorio español.
La ley define los ingresos que están específicamente exentos del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF):
- prestaciones sociales por incapacidad permanente total o invalidez grave;
- pensión alimenticia recibida de los padres en virtud de una orden judicial;
- becas públicas o sin fines de lucro ;
- indemnización por despido (sujeto a un límite máximo);
- ciertos beneficios sociales y asistencia.
La renta imponible, previa deducción de los gastos ocasionados por su obtención, se asignará, según su naturaleza, bien a la base general a la que se aplique la escala progresiva de cinco tipos.
Los ingresos teóricos incluyen los ingresos teóricos derivados de la propiedad de edificios no alquilados (ni asignados a su residencia principal) y de participaciones en empresas de Inversión Colectiva o en empresas extranjeras transparentes.
Las circunstancias personales y familiares que se tienen en cuenta en el IRPF adoptan la forma de una parte no imponible, que varía según la edad, el número de hijos o parientes dependientes del contribuyente y su condición en relación con una posible discapacidad física.
¿Cuánto tengo que pagar de IRPF?
Esta es quizá la principal pregunta que se hacen muchos autónomos. Y es que cuando te das de alta de autónomo y tienes que comenzar a hacer facturas, todo son dudas. ¿Cuánto tengo que cobrar de IVA? ¿Qué retención tengo que aplicar de IRPF? ¿Puedo aplicar retención a todo el mundo? Al final es un lío importante… Y lo peor, de la factura que acabas de hacer, ¿cuánto dinero te va a quedar en limpio?
Buscando en Internet hemos encontrado una calculadora IRPF, una herramienta completamente gratuita, sin ningún tipo de publicidad intrusiva, que nos permite saber el total de lo que vas a recibir en el mes, la cantidad de IVA que tendrás que pagar (si la resta de facturas cobradas menos las pagadas es positiva) o cobrar. También cuánto IRPF tienes que poner en el modelo correspondiente de la Agencia Tributaria.