DERECHO A VACACIONES: 10 preguntas frecuentes

Todos los trabajadores contratados por cuenta ajena tienen derecho a vacaciones remuneradas. La duración de las mismas está establecida en 30 días naturales por año trabajado.

Si tu contrato de trabajo es de menor duración, tienes derecho a vacaciones proporcionales a dicho contrato. Por ejemplo, si tu contrato de trabajo es de 6 meses, tienes derecho a 15 días de permiso.

En caso de no disfrutarlas, la empresa tiene la obligación de abonártelas.

¿A partir de cuando comienzan a contar mis vacaciones?

A partir del primer día laboral, las vacaciones nunca pueden empezar a contarse desde un día festivo o no laborable.

¿Me pueden pagar las vacaciones y seguir trabajando?

¿Estás pasando un apuro económico y necesitas el dinero? Quizá te pueda parecer lógico no tener vacaciones este año y que te paguen el dinero. Pues estás equivocado. En ningún caso puedes renunciar a las vacaciones y cobrar el doble ese mes.

Las vacaciones solamente se pagan si eres baja en la empresa y tienes días pendientes de disfrutar. En ese caso tendrías derecho a cobrar los días pendientes de vacaciones en el finiquito.

Todos los trabajadores disponen de sus derecho a vacaciones por trabajo
Todos los trabajadores disponen de sus derecho a vacaciones por trabajo. Imagen: Pixabay

¿Cuánto me tienen que pagar cuando esté de vacaciones?

La ley habla de “remuneración normal o media”. Generalmente tendrán que pagarte el mismo sueldo que el mes anterior en que sí trabajaste. Es decir, un sueldo completo mensual compensa la pérdida de tu derecho a vacaciones.

Si trabajo a media jornada… ¿tengo derecho a vacaciones durante menos días?

De ninguna manera, en este sentido la ley es más que clara: tienes derecho a treinta días naturales de vacaciones por año trabajado.

En caso de que trabajes a medio tiempo, o media jornada, el resto del tiempo es tuyo. Y lo mismo debemos aplicar a tu derecho a vacaciones: cobrarás por medio tiempo de vacaciones y el resto de tus horas es tuyo.

Estaba de baja cuando me tocaba empezar vacaciones… ¿Las gasto o las puedo disfrutar después?

Las gastas cuando te den el alta. El caso de baja temporal no cuenta para las vacaciones. Imagina que solicitaste las vacaciones durante todo el mes de julio, y estás de baja, el médico te da el alta el día 15 de julio. Tus vacaciones comienzan a contar a partir del día quince. Sólo consumes como vacaciones la segunda quincena.

El resto de días, otros quince, tendrías que negociarlos con la empresa, pero tienes todo el derecho a vacaciones.

En quince días van a despedir y me exigen que coja vacaciones hasta la fecha en que termino contrato. ¿Pueden obligarme?

No, tendrían que haberte avisado dos meses antes.

¿Hasta cuando puedo solicitar mi derecho a vacaciones?

Generalmente tienes que agotar tus vacaciones en el año en curso, salvo que el convenio diga algo distinto. En caso de que una incapacidad temporal o la baja maternal no te permita disfrutar de las vacaciones, podrás solicitarlas hasta dieciocho meses después.

En los contratos de duración determinada tampoco se aplica la norma del año en curso. Si tu contrato es del 1 de abril al 30 de septiembre, tendrás que cogerte los quince días que te corresponden entre dichas fechas.

Entre los días de mis vacaciones hay un festivo anual obligatorio, ¿voy a perder ese día de vacaciones?

Si tus vacaciones laborales se contabilizan por días naturales, vas a perder ese día de vacaciones. Si se contabilizan por días laborables, no se pierde, ya que no se debe añadir a la suma de días de vacaciones. Tu derecho a vacaciones impera sobre ello.

Tienes derecho a vacaciones
Tienes derecho a vacaciones. Imagen: Pixabay

Mi empresa cierra el mes de agosto por temas de producción, ¿Estoy obligado a coger ese mes de vacaciones?

Sí, la costumbre de la empresa es cerrar en agosto (algo más habitual de lo que parece) y tienen motivos de producción con los que podrían justificarlo.

¿Tienen prioridad los más antiguos en la empresa para elegir sus días de vacaciones?

No. Salvo que el convenio diga algo al respecto. Mucho cuidado porque si te rechazan tu derecho a vacaciones por coincidencia de fechas con otros trabajadores tendrás que demandar judicialmente a la empresa y también a tus compañeros de trabajo.

Esto es algo que para ellos no tiene perjuicio económico, únicamente se hace para evitar que ellos interpongan después una nueva demanda judicial contra ti.

Espero que hayamos podido aclarar todas las dudas que puedan surgirte con respecto a la solicitud de vacaciones laborales, habiendo aportado un modelo de solicitud de vacaciones apropiado a tu puesto de trabajo.

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